Criterios de ingreso a través del Sistema Sanitario Público Catalán (CatSalut)
- Paciente, adulto o infantil, afectado de una discapacidad severa sobrevenida de origen neurológico.
- Que tenga las condiciones adecuadas para beneficiarse del tratamiento intensivo y de corta duración que proporciona el Institut Guttmann (en general menores de 70 años y, especialmente, de 60 en el caso del Ictus de acuerdo a lo que prevee el “Plan Director de Enfermedad Vasculocerebral de Catalunya”).
- Que cuente con un estado de consciencia - respuesta cognitiva capaz de participar activamente en el proceso rehabilitador. Se valorarán los pacientes en estado de mínima respuesta. Los estados de vigilia sin respuesta no tienen criterio de ingreso.
- Que esté estable hemodinámicamente y que las lesiones asociadas y/o la comorbilidad no le impidan o desaconsejen seguir el tratamiento intensivo de nuestros planes terapéuticos.
- Que esté en fase crítica o aguda (máximo tres meses después de instaurada la lesión). Se valorará en los casos subagudos, de acuerdo con el lugar de procedencia para no interferir en un proceso rehabilitador que ya se está realizando.
- Que el dispositivo altamente especializado que significa el Institut Guttmann dentro de la cartera de servicios asistenciales públicos sea el más idóneo para el paciente en función del pronóstico de recuperación y su posterior reinserción social.
- Pronóstico de recuperación: Básicamente depende de la etiología de la lesión, la severidad, el tiempo desde la lesión y la edad del paciente.
- Pronóstico de reinserción social: Además de los factores clínicos, un tratamiento intensivo y especializado de estas características solo consigue todo su potencial y equidad cuando cuenta con un entorno familiar dispuesto igual que el paciente a "empezar una nueva vida". Cuando este no es el caso, un recurso sociosanitario adecuado, o bien un compromiso de aceptación de este centro previo al ingreso a nuestro hospital, es la opción más adecuada, eficiente y equitativa des del punto de vista social.
Criterios de priorización
- Pacientes que han sufrido una lesión cerebral, una lesión medular o del sistema nervioso periférico de cualquier etiología que genere una severa alteración de la capacidad.
- Pacientes que proceden directamente de los hospitales de agudos (UCI o servicios de neurología, neurocirugía…), contra antes mejor para el resultado final.
- Pacientes con un nivel de respuesta cognitiva suficiente para participar en el programa terapéutico.
- Pacientes con ausencia de comorbilidad severa (insuficiencia cardíaca grave, aislamiento respiratorio, tratamientos de quimioterapia, EPOC severa...) que interfieran en el programa de rehabilitación, tanto en el aspecto físico como cognitivo.
- Pacientes con edad menor a 70 años en cualquier etiología excepto en el caso del ictus en que el límite se ha establecido en 60 años por el equipo de expertos en rehabilitación del Plan Director de Enfermedad Vasculocerebral de Cataluña.